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¿Cómo saber si estoy obligado a llevar contabilidad o no? SRI

Conozca quienes están obligados a llevar contabilidad en Ecuador, condiciones SRI (Servicio de Rentas Internas).

En Ecuador todas las personas tienen obligaciones tributarias con el estado, estas se dividen en personas naturales y personas jurídicas.

Personas Naturales: Obligadas a llevar contabilidad

Todas (Nacionales y Extranjeros) que realizan actividades económicas en el país y cumplan con las siguientes condiciones según el Art.19 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario:

  • Operen con un capital propio que al inicio de sus actividades económicas 0 al 10 de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado 9 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta.
  • Cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a 15 fracciones básicas.
  • Cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.

NOTA: En cualquiera de estos casos ESTÁN OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD, bajo la responsabilidad y con la firma de un contador autorizado e inscrito en el RUC.

Personas Naturales: NO obligadas a llevar contabilidad

Los profesionales, comisionistas, artesanos, trabajadores autónomos (sin título profesional no empresarios) y todas aquellas personas que no cumplan con las condiciones del SRI.

NOTA: Estas personas NO ESTÁN OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD, pero deben llevar un registro de sus ingresos o egresos.

¿CÓMO SABER SI DEBO LLEVAR CONTABILIDAD?

Consultar el 1 de enero de cada ejercicio fiscal la obligación de llevar contabilidad con referencia a la fracción básica desgravada del impuesto a la renta establecida para el ejercicio fiscal inmediato anterior.

DATOS:

– Capital propio se entiende a la totalidad de los activos menos pasivos que posea el contribuyente, relacionados con la generación de la renta gravada.
– Las personas naturales que estaban llevando contabilidad, para dejar de hacerlo necesitan una autorización del director del SRI.

Fuente: www.sri.gob.ec, www.forosecuador.ec, confia.com.ec

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Comentarios (4)

Hola muy buenas noches, consto en el catastro de regimen regimen microempresa y mi negocio es venta de verduras..¿que tengo que llevar contabilidad y anexos, actualizar ruc?.

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Buenas noches….soy empresario y me gustaría saber si estoy obligado a llevar contabilidad. Tengo un proveedor que no le pido factura le pido nota de venta no regularizada.
Yo quiero pedirle factura por cada compra a mi proveedor y necesito saber si debo hacerle retención o que otro documento tengo que hacer para justificar esa compra.

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En el momento que no tienes respaldo de compras regularizado por el sri y peor aún si no emites facturas estás evadiendo impuestos, pero la cuestión va más halla si compras una casa un carro etcc el sri algún día te va a preguntar de dónde lo obstuviste si es acredito como lo pagas? Con el giro del negocio? Pero si tú negocio no reporta la realidad entre compras,ventas,bancos,etcc como justificas? Ahora no sabes si llevas contabilidad si ya superaste las condiciones que pone el sri debes regirte a la norma.
Las retenciones se emiten desde el momento que llevas contabilidad osea haz pasado los límites que puso el sri

Buenos días. Que requisitos se debe tener para adquirir un préstamo. Muchas gracias

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