Conozca quienes están obligados a llevar contabilidad en Ecuador, condiciones SRI (Servicio de Rentas Internas).
En Ecuador todas las personas tienen obligaciones tributarias con el estado, estas se dividen en personas naturales y personas jurídicas.
Personas Naturales: Obligadas a llevar contabilidad
Todas (Nacionales y Extranjeros) que realizan actividades económicas en el país y cumplan con las siguientes condiciones según el Art.19 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario:
- Operen con un capital propio que al inicio de sus actividades económicas 0 al 10 de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado 9 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta.
- Cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a 15 fracciones básicas.
- Cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.
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NOTA: En cualquiera de estos casos ESTÁN OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD, bajo la responsabilidad y con la firma de un contador autorizado e inscrito en el RUC.
Personas Naturales: NO obligadas a llevar contabilidad
Los profesionales, comisionistas, artesanos, trabajadores autónomos (sin título profesional no empresarios) y todas aquellas personas que no cumplan con las condiciones del SRI.
NOTA: Estas personas NO ESTÁN OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD, pero deben llevar un registro de sus ingresos o egresos.
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¿CÓMO SABER SI DEBO LLEVAR CONTABILIDAD?
Consultar el 1 de enero de cada ejercicio fiscal la obligación de llevar contabilidad con referencia a la fracción básica desgravada del impuesto a la renta establecida para el ejercicio fiscal inmediato anterior.
DATOS
– Capital propio se entiende a la totalidad de los activos menos pasivos que posea el contribuyente, relacionados con la generación de la renta gravada.
– Las personas naturales que estaban llevando contabilidad, para dejar de hacerlo necesitan una autorización del director del SRI.
Fuente: www.sri.gob.ec