Esta es la tasa de interés que aplicará el SRI (Servicio de Rentas Internas) por mora tributaria durante los periodos trimestrales 2025.
Los contribuyentes que no cumplan con los requerimientos del SRI en las fechas establecidas para el actual periodo como (Declaraciones tardías, falta de respaldo, declaraciones erróneas y más) deberán pagar multas.
El interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a 1,5 veces la tasa activa referencial para 90 días según el artículo 21 del Código Tributario Codificado y el artículo 1 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador (La tasa puede variar según el periodo trimestral).
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El porcentaje trimestral de tasa de interés por mora tributaria para el 2025 es elaborado por el Centro de Estudios Fiscales que toma como fuente datos del Banco Central del Ecuador.
TASAS DE INTERÉS TRIMESTRALES POR MORA TRIBUTARIA
- La tabla 2025 se publicará la primera semana de enero.
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DATOS
– La tabla publicada contiene tasas vigentes en trimestres anteriores.
– Los porcentajes para los próximos periodos se actualizarán conforme vayan concluyendo los trimestres en curso.
– Esta información fue tomada de la página del SRI (www.sri.gob.ec).
Fuente: SRI