Conozca que tipo de personas y/o empresas en Ecuador están obligadas a emitir comprobantes electrónicos según la resolución emitida por el SRI.
El pasado 29 de noviembre del 2021 se publicó la Ley de Desarrollo Económica y Sostenibilidad Fiscal donde, en uno de sus artículos se establece 1 año de plazo para la incorporación de facturación electrónica.
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Esto significa que a partir de dicha fecha es obligatorio la emisión comprobantes electrónicos, estos pueden ser:
- Facturas
- Notas de Venta
- Comprobantes de retención
- Notas de crédito y débito
- Liquidación de compras de bienes y prestación de servicios
- Guías de remisión
FACTURACIÓN ELECTRONICA SRI
- Están obligados a emitir comprobantes electrónicos:
Todas las personas naturales y/o jurídicas que tienen RUC (Registro Único de Contribuyentes) y emiten facturas.
IMPORTATE: No importa el tamaño del negocio, todos los que tengan RUC deben facturar electrónicamente.
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- NO están obligados a emitir comprobantes electrónicos:
Los contribuyentes que forman parte del Régimen RIMPE (Negocios Populares) también deben emitir notas o facturas electrónicas.
NOTA
Para este caso, los contribuyentes con RIMPE podrán emitir notas de venta de manera física solo en casos excepcionales.